Puerto Rico, 3. November 1964 : Keine Nachwahlen für den Kongress

Gebiet Puerto Rico
Datum 3. November 1964
Vorlage Keine Nachwahlen für den Kongress
Abstimmungstyp Obligatorisches Referendum → durch Parlament → bindend → Stufe: Verfassung → Partialrevision
Ergebnis angenommen
Stimmberechtigte 1'002'000
Stimmbeteiligung ---40,00 %
Stimmen ausser Betracht ---
Gültige Stimmen 400'332
Ja-Stimmen 310'43177,54 %
Nein-Stimmen 89'90122,46 %
Bemerkungen Die Verfassungsänderung bedeutet, dass zurücktretende Abgeordnete während der Legislatur nicht durch Nachwahlen ersetzt werden. Vom puertoricanischen Kongress am 26.6.1964 beschlossen.

Kap. III Art. 8:
"El término del cargo de los Senadores y Representantes comenzará el día dos de enero inmediatamente siguiente a la fecha en que se celebre la elección general en la cual hayan sido electos. Cuando surja una vacante en el cargo de Senador o Representante por un distrito, dicha vacante se cubrirá según se disponga por ley. Cuando la vacante ocurra en el cargo de un Senador o un Representante por Acumulación, se cubrirá por el Presidente de la Cámara correspondiente, a propuesta del partido político a que pertenecía el Senador o Representante cuyo cargo estuviese vacante, con un candidato seleccionado en la misma forma en que lo fue su antecesor. La vacante de un cargo de Senador o Representante por Acumulación electo como candidato independiente, se cubrirá por elección en todos los distritos."

Quellen
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